GOBIERNO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Principales Localidades | Cabecera municipal: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Caracterización de Ayuntamiento | Ayuntamiento 1998-2000. Principales Comisiones del Ayuntamiento
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Organización y Estructura de la Administración Pública Municipal | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Autoridades Auxiliares | En el municipio se cuenta con las siguientes autoridades auxiliares: Artículo 60.- Los agentes municipales, son servidores públicos, que funcionarán en sus respectivas demarcaciones como auxiliares de los ayuntamientos. Artículo 61.- Los Agentes Municipales tendrán todas las atribuciones que se requieren para mantener la tranquilidad y seguridad de los vecinos de las congregaciones y la observancia de las Leyes y Reglamentos, cuidando particularmente de: I.- Dar aviso inmediato al Ayuntamiento respectivo, de cualquier alteración en el orden público y de las medidas que haya tomado para corregirlas. II.- Formular y remitir al ayuntamiento en el primer mes del año, el padrón de los habitantes de su demarcación, facilitando toda la información y datos estadísticos que les sean pedidos. III.- Expedir gratuitamente los certificados requeridos por el encargado del Registro Civil y cualquier otra autoridad en ejercicio de sus funciones. IV.- Promover que en sus respectivas demarcaciones se establezcan los servicios públicos que requiera la comunidad. V.- Vigilar el cumplimiento del precepto de la enseñanza obligatoria. VI.- Dar parte a las autoridades de la aparición de cualquier calamidad pública, para que se tomen las medidas convenientes. VII.- Actuar por delegación con el ejercicio de las funciones, comisiones o encargos que el Ayuntamiento le encomiende. VIII.- Fungir como auxiliar del Ministerio Público y de la Policía Judicial. IX.- Nombrar los auxiliares necesarios para el desempeño de sus funciones; y X.- Solicitar al Ayuntamiento, les proporcionen los medios que estimen necesarios para el desempeño de sus funciones. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Regionalización Política | El Municipio corresponde al XIV Distrito Electoral Federal (cabecera: Boca del Río) y al XVIII Distrito Electoral Local (cabecera: Boca del Río). | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Reglamentación Municipal | Bando de Policía y Buen Gobierno. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Cronología de los Presidentes Municipales |
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martes, 16 de junio de 2020
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